¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Utebo?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Utebo proporciona vías de resolución expeditivas, de bajo coste y basadas en el consenso sin recurrir a la vía jurisdiccional. Promueve la negociación directa entre las partes, evita gastos propios del litigio y permite alcanzar acuerdos personalizados que evitan largos procesos judiciales.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC minimizan la tensión entre partes y coste económico a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con prevención de futuros conflictos. La meta es solventar desacuerdos de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Utebo?
Nuestros profesionales cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Intervienen con total neutralidad, manteniendo la transparencia del procedimiento y del acuerdo resultante.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Se recomienda promover siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Tiene especial aplicación en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o dilaciones judiciales innecesarias.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Utebo?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, especificando qué parte no ha acudido (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque la mediación es voluntaria, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Utebo comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez acordado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera comparecencia, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un documento inicial donde consigna su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de todos los participantes.
El mediador acredita la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —en su totalidad o parcialmente— en un instrumento escrito y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (fuerza ejecutiva), y si hay procedimiento judicial abierto, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación regulada en Utebo depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el proceso jurisdiccional, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora se distribuye de forma proporcional, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como mediaciones judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de resolución judicial que imponga costas, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el acta final de acuerdo, con la identidad y el domicilio de las partes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o requiere convalidación judicial, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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