¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Cuarte de Huerva?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Cuarte de Huerva proporciona soluciones rápidas, económicas y cooperativas frente a los tribunales. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, reduce costes judiciales y permite alcanzar acuerdos personalizados que sustituyen el juicio ordinario.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC permiten un menor desgaste emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con efecto disuasorio de nuevos litigios. La meta es solventar desacuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Cuarte de Huerva?
Nuestros profesionales están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, manteniendo la transparencia del procedimiento y del acuerdo resultante.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es idónea en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o retratos innecesarios en el proceso.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Cuarte de Huerva?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque la mediación es voluntaria, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Cuarte de Huerva comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por derivación judicial. Una vez aceptado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera comparecencia, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un Acta inicial donde consigna sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —íntegro o fragmentario— en un instrumento escrito y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (fuerza ejecutiva), y si hay procedimiento judicial abierto, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación regulada en Cuarte de Huerva depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a los procedimientos judiciales, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para satisfacer la exigencia legal previa, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación es asumido equitativamente por las partes, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o extrajudiciales por derivación institucional, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el acta final de acuerdo, con la identidad y el domicilio de las partes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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