¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Zaragoza?
El proceso de mediación regulado como MASC en Zaragoza brinda respuestas ágiles, accesibles económicamente y colaborativas como alternativa al proceso contencioso. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, evita gastos propios del litigio y admite resoluciones específicas y convenidas que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC minimizan la tensión entre partes y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con potencial de anticipar disputas posteriores. La meta es solventar desacuerdos de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Zaragoza?
Los mediadores que colaboran en el proceso figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del pacto alcanzado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con formación y acreditación conforme a ley y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir en controversias patrimoniales disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Tiene especial aplicación en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o demoras evitables en la vía judicial.
En otras controversias, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Zaragoza?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que rehusa la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de solución alternativa de conflictos MASC en Zaragoza comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por derivación judicial. Una vez admitido, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera sesión informativa, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un documento inicial donde hace constar su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de las partes y el mediador.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —íntegro o fragmentario— en un acta final y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (efectos ejecutivos), y si el asunto está judicializado, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la Mediación MASC en Zaragoza depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una solución eficaz frente a la vía contenciosa, que pueden prolongarse durante años.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora es asumido equitativamente por las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o canalizadas por organismos públicos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de resolución judicial que imponga costas, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o está sujeto a homologación procesal, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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