¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Utiel?
El proceso de mediación regulado como MASC en Utiel garantiza alternativas diligentes, de bajo coste y colaborativas como alternativa al proceso contencioso. Fomenta la comunicación entre las partes, evita gastos propios del litigio y propicia pactos adaptados a cada caso que sustituyen el juicio ordinario.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC limitan el conflicto interpersonal y suponen un menor gasto a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con prevención de futuros conflictos. Se busca resolver los conflictos de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Utiel?
Nuestros profesionales están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del resultado negociado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un experto independiente, con formación y acreditación conforme a ley y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Resulta especialmente útil en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o demoras evitables en la vía judicial.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Utiel?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, especificando qué parte no ha acudido (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Utiel comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez aceptado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera sesión informativa, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un acta de apertura donde registra su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de los intervinientes.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —total o parcial— en un acta final y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (capacidad ejecutoria), y si el asunto está judicializado, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación regulada en Utiel depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una vía rápida frente a la vía contenciosa, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para satisfacer la exigencia legal previa, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC se divide salvo pacto en contrario, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como derivaciones procesales o extrajudiciales por derivación institucional, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o está sujeto a homologación procesal, las partes facilitan el documento a sus representantes legales para que actúen en consecuencia.
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