¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Canals?
El procedimiento de mediación MASC en Canals garantiza alternativas diligentes, económicas y colaborativas sin recurrir a la vía jurisdiccional. Favorece el diálogo entre las partes, evita gastos propios del litigio y propicia pactos adaptados a cada caso que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC reducen el impacto emocional y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con potencial de anticipar disputas posteriores. La meta es solventar desacuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Canals?
Nuestros profesionales están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Se mantienen al margen de los intereses contrapuestos, manteniendo la transparencia del procedimiento y del consenso derivado.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable en controversias patrimoniales disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Es de gran utilidad en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o retratos innecesarios en el proceso.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Canals?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador podrá certificar el intento de negociación, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Canals comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez confirmado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera reunión, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de comienzo donde hace constar sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de las partes y el mediador.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —total o parcial— en un instrumento escrito y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (efectos ejecutivos), y si el asunto está judicializado, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación extrajudicial en Canals depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a el juicio ordinario, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora se divide salvo pacto en contrario, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o extrajudiciales por derivación institucional, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o está sujeto a homologación procesal, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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