¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Quintanar de la Orden?
La Mediación MASC en Quintanar de la Orden ofrece alternativas diligentes, de bajo coste y participativas en lugar del proceso judicial. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, minimiza los gastos procesales y permite alcanzar acuerdos personalizados que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC minimizan la tensión entre partes y implican un ahorro considerable a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con efecto disuasorio de nuevos litigios. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Quintanar de la Orden?
Los especialistas en mediación cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del pacto alcanzado.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, con título habilitante conforme al marco legal y regido por los principios de confidencialidad, igualdad de trato y claridad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Tiene especial aplicación en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los procedimientos sujetos a la Ley Orgánica 1/2025, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o demoras evitables en la vía judicial.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Quintanar de la Orden?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Quintanar de la Orden comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez admitido, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera sesión informativa, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un acta de apertura donde consigna su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de todos los participantes.
El mediador acredita la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —en su totalidad o parcialmente— en un documento y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (capacidad ejecutoria), y si hay procedimiento judicial abierto, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación como MASC en Quintanar de la Orden depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el proceso jurisdiccional, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para satisfacer la exigencia legal previa, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación suele repartirse entre las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como derivaciones procesales o extrajudiciales por derivación institucional, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identidad y el domicilio de las partes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se hace entrega del documento a los interesados, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o está sujeto a homologación procesal, las partes facilitan el documento a sus representantes legales para que actúen en consecuencia.
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