¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Puerto de la Cruz?
El proceso de mediación regulado como MASC en Puerto de la Cruz garantiza respuestas ágiles, de bajo coste y cooperativas frente a los tribunales. Favorece el diálogo entre las partes, reduce costes judiciales y admite resoluciones específicas y convenidas que sustituyen el juicio ordinario.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC minimizan la tensión entre partes y coste económico a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con efecto disuasorio de nuevos litigios. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Puerto de la Cruz?
Los especialistas en mediación cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Se mantienen al margen de los intereses contrapuestos, asegurando la objetividad del proceso y del acuerdo resultante.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, avalado por la legislación vigente y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Se recomienda promover en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Resulta especialmente útil en controversias civiles o mercantiles.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o retratos innecesarios en el proceso.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Puerto de la Cruz?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Puerto de la Cruz comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por derivación judicial. Una vez acordado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera sesión informativa, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de comienzo donde hace constar sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de los intervinientes.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —íntegro o fragmentario— en un acta final y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (valor ejecutivo), y si se existe proceso judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la Mediación MASC en Puerto de la Cruz depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una vía rápida frente a el proceso jurisdiccional, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación se distribuye de forma proporcional, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o canalizadas por organismos públicos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el acta final de acuerdo, con los datos personales de las partes intervinientes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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