¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San Carlos de la Rápita?
La Mediación MASC en San Carlos de la Rápita ofrece vías de resolución expeditivas, económicas y colaborativas sin recurrir a la vía jurisdiccional. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, reduce costes judiciales y facilita soluciones a medida que sustituyen el juicio ordinario.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC permiten un menor desgaste emocional y coste económico a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con prevención de futuros conflictos. La meta es solventar desacuerdos de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San Carlos de la Rápita?
Los mediadores que colaboran en el proceso se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Se mantienen al margen de los intereses contrapuestos, asegurando la objetividad del proceso y del resultado negociado.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un experto independiente, avalado por la legislación vigente y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse en controversias patrimoniales disponibles y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Resulta especialmente útil en controversias civiles o mercantiles.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o retratos innecesarios en el proceso.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San Carlos de la Rápita?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en San Carlos de la Rápita comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez aceptado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera reunión, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un Acta inicial donde hace constar sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —total o parcial— en un acta final y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (capacidad ejecutoria), y si el asunto está judicializado, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación como MASC en San Carlos de la Rápita depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una vía rápida frente a los procedimientos judiciales, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora es asumido equitativamente por las partes, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o canalizadas por organismos públicos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con los datos personales de las partes intervinientes, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se hace entrega del documento a los interesados, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o debe homologarse, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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