¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Utrera?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Utrera brinda vías de resolución expeditivas, de bajo coste y cooperativas sin recurrir a la vía jurisdiccional. Fomenta la comunicación entre las partes, reduce costes judiciales y permite alcanzar acuerdos personalizados que sustituyen el juicio ordinario.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC minimizan la tensión entre partes y coste económico a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con efecto disuasorio de nuevos litigios. La meta es solventar desacuerdos de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Utrera?
Los especialistas en mediación están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Intervienen con total neutralidad, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, con formación y acreditación conforme a ley y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Es idónea en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o dilaciones judiciales innecesarias.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Utrera?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información no es confidencial).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Utrera comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez aceptado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera comparecencia, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de apertura donde consigna sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de las personas implicadas.
El mediador acredita la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —completo o limitado— en un instrumento escrito y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (fuerza ejecutiva), y si se existe proceso judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación regulada en Utrera depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una solución eficaz frente a el proceso jurisdiccional, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC se divide salvo pacto en contrario, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como mediaciones judiciales o canalizadas por organismos públicos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con la identificación completa de los intervinientes, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador redactará los acuerdos, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o precisa aprobación jurisdiccional, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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