¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Sanlúcar la Mayor?
El proceso de mediación regulado como MASC en Sanlúcar la Mayor brinda soluciones rápidas, de bajo coste y colaborativas en lugar del proceso judicial. Promueve la negociación directa entre las partes, evita gastos propios del litigio y permite alcanzar acuerdos personalizados que sustituyen el juicio ordinario.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC permiten un menor desgaste emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con prevención de futuros conflictos. Se busca resolver los conflictos de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Sanlúcar la Mayor?
Los mediadores que colaboran en el proceso figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, manteniendo la transparencia del procedimiento y del acuerdo resultante.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un experto independiente, con título habilitante conforme al marco legal y regido por los principios de confidencialidad, igualdad de trato y claridad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse en controversias patrimoniales disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Tiene especial aplicación en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o demoras evitables en la vía judicial.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Sanlúcar la Mayor?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Sanlúcar la Mayor comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez admitido, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera comparecencia, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un acta de apertura donde consigna sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de los intervinientes.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —en su totalidad o parcialmente— en un instrumento escrito y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (efectos ejecutivos), y si el asunto está judicializado, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación extrajudicial en Sanlúcar la Mayor depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el juicio ordinario, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC se divide salvo pacto en contrario, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como derivaciones procesales o extrajudiciales por derivación institucional, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identificación completa de los intervinientes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
Más información sobre mediaciones en Sanlúcar la Mayor