¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en El Viso del Alcor?
El procedimiento de mediación MASC en El Viso del Alcor garantiza soluciones rápidas, menos costosas y colaborativas en lugar del proceso judicial. Fomenta la comunicación entre las partes, evita gastos propios del litigio y permite alcanzar acuerdos personalizados que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC permiten un menor desgaste emocional y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con capacidad de evitar futuras controversias. Se busca resolver los conflictos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en El Viso del Alcor?
El cuerpo de mediadores habilitados están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Intervienen con total neutralidad, asegurando la objetividad del proceso y del acuerdo resultante.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, con título habilitante conforme al marco legal y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Resulta especialmente útil en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o prolongaciones injustificadas del litigio.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en El Viso del Alcor?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que rehusa la mediación. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador podrá certificar el intento de negociación, especificando qué parte no ha acudido (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en El Viso del Alcor comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez confirmado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera reunión, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un acta de apertura donde hace constar su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de las partes y el mediador.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —completo o limitado— en un instrumento escrito y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (efectos ejecutivos), y si el asunto está judicializado, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación como MASC en El Viso del Alcor depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una vía rápida frente a la vía contenciosa, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC se divide salvo pacto en contrario, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como derivaciones procesales o aquellas instadas por órganos administrativos, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el acta final de acuerdo, con la identificación completa de los intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o requiere convalidación judicial, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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