¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Sevilla?
El proceso de mediación regulado como MASC en Sevilla brinda soluciones rápidas, menos costosas y cooperativas sin recurrir a la vía jurisdiccional. Favorece el diálogo entre las partes, evita gastos propios del litigio y admite resoluciones específicas y convenidas que evitan largos procesos judiciales.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC permiten un menor desgaste emocional y coste económico a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con potencial de anticipar disputas posteriores. La meta es solventar desacuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Sevilla?
Los especialistas en mediación cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del acuerdo resultante.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, avalado por la legislación vigente y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Tiene especial aplicación en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los procedimientos sujetos a la Ley Orgánica 1/2025, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o dilaciones judiciales innecesarias.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Sevilla?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que rehusa la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información no es confidencial).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Sevilla comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por mandato del tribunal competente. Una vez acordado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la sesión inicial de información, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de apertura donde deja reflejada sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de las partes y el mediador.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —completo o limitado— en un acta de acuerdos y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (valor ejecutivo), y si hay procedimiento judicial abierto, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la Mediación MASC en Sevilla depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a el proceso jurisdiccional, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC se divide salvo pacto en contrario, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o canalizadas por organismos públicos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o requiere convalidación judicial, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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