¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Marín?
El proceso de mediación regulado como MASC en Marín proporciona vías de resolución expeditivas, de bajo coste y participativas en lugar del proceso judicial. Promueve la negociación directa entre las partes, reduce costes judiciales y facilita soluciones a medida que sustituyen el juicio ordinario.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC limitan el conflicto interpersonal y implican un ahorro considerable a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con potencial de anticipar disputas posteriores. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Marín?
Los especialistas en mediación se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Intervienen con total neutralidad, asegurando la objetividad del proceso y del resultado negociado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un experto independiente, avalado por la legislación vigente y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Es de gran utilidad en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o dilaciones judiciales innecesarias.
En otras controversias, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Marín?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información no es confidencial).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Marín comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez confirmado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera comparecencia, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador detallará los actos documentales necesarios (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un documento inicial donde deja reflejada sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de los intervinientes.
El mediador acredita la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —completo o limitado— en un instrumento escrito y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (valor ejecutivo), y si se existe proceso judicial, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación extrajudicial en Marín depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a el juicio ordinario, que pueden prolongarse durante años.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC se divide salvo pacto en contrario, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o extrajudiciales por derivación institucional, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identificación completa de los intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o requiere convalidación judicial, las partes remiten el acta a sus abogados para su formalización conforme a derecho.
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