¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San Pedro del Pinatar?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en San Pedro del Pinatar brinda respuestas ágiles, económicas y colaborativas frente a los tribunales. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, evita gastos propios del litigio y facilita soluciones a medida que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC permiten un menor desgaste emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con efecto disuasorio de nuevos litigios. La meta es solventar desacuerdos de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San Pedro del Pinatar?
Nuestros profesionales están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del pacto alcanzado.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, avalado por la legislación vigente y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Tiene especial aplicación en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o retratos innecesarios en el proceso.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San Pedro del Pinatar?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que rehusa la mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador podrá certificar el intento de negociación, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en San Pedro del Pinatar comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por derivación judicial. Una vez acordado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera reunión, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de comienzo donde registra su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —íntegro o fragmentario— en un acta final y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (capacidad ejecutoria), y si se existe proceso judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación regulada en San Pedro del Pinatar depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a los procedimientos judiciales, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC se distribuye de forma proporcional, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o canalizadas por organismos públicos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se hace entrega del documento a los interesados, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o requiere convalidación judicial, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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