¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Lorca?
La Mediación MASC en Lorca proporciona respuestas ágiles, de bajo coste y colaborativas frente a los tribunales. Fomenta la comunicación entre las partes, reduce costes judiciales y facilita soluciones a medida que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC reducen el impacto emocional y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con capacidad de evitar futuras controversias. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Lorca?
El cuerpo de mediadores habilitados se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Se mantienen al margen de los intereses contrapuestos, asegurando la objetividad del proceso y del resultado negociado.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, avalado por la legislación vigente y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Tiene especial aplicación en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o demoras evitables en la vía judicial.
En otras controversias, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Lorca?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que rehusa la mediación. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque la mediación es voluntaria, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Lorca comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por derivación judicial. Una vez acordado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera comparecencia, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un Acta inicial donde deja reflejada su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de los intervinientes.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —íntegro o fragmentario— en un acta final y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (fuerza ejecutiva), y si se existe proceso judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación regulada en Lorca depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a los procedimientos judiciales, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación suele repartirse entre las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como derivaciones procesales o aquellas instadas por órganos administrativos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de resolución judicial que imponga costas, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se hace entrega del documento a los interesados, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o está sujeto a homologación procesal, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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