¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Mijas?
El procedimiento de mediación MASC en Mijas proporciona soluciones rápidas, menos costosas y basadas en el consenso como alternativa al proceso contencioso. Favorece el diálogo entre las partes, reduce costes judiciales y propicia pactos adaptados a cada caso que evitan largos procesos judiciales.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC minimizan la tensión entre partes y suponen un menor gasto a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con prevención de futuros conflictos. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Mijas?
El cuerpo de mediadores habilitados cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Intervienen con total neutralidad, asegurando la objetividad del proceso y del consenso derivado.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Se recomienda promover en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Es idónea en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o demoras evitables en la vía judicial.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Mijas?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que rehusa la mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, especificando qué parte no ha acudido (dicha información no es confidencial).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Mijas comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez aceptado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera reunión, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un documento inicial donde deja reflejada su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de todos los participantes.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —íntegro o fragmentario— en un documento y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (efectos ejecutivos), y si se tramita procedimiento en sede judicial, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la Mediación MASC en Mijas depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a la vía contenciosa, que pueden prolongarse durante años.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC se divide salvo pacto en contrario, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identificación completa de los intervinientes, de abogados/as y del mediador, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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