¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Alhaurín el Grande?
El procedimiento de mediación MASC en Alhaurín el Grande ofrece soluciones rápidas, de bajo coste y basadas en el consenso en lugar del proceso judicial. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y admite resoluciones específicas y convenidas que evitan largos procesos judiciales.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC limitan el conflicto interpersonal y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con potencial de anticipar disputas posteriores. La meta es solventar desacuerdos de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Alhaurín el Grande?
Los mediadores que colaboran en el proceso están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, manteniendo la transparencia del procedimiento y del pacto alcanzado.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, con formación y acreditación conforme a ley y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse en controversias patrimoniales disponibles y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Resulta especialmente útil en controversias civiles o mercantiles.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o demoras evitables en la vía judicial.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Alhaurín el Grande?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Alhaurín el Grande comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez acordado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la sesión inicial de información, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un Acta inicial donde registra sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de las partes y el mediador.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —en su totalidad o parcialmente— en un acta final y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (capacidad ejecutoria), y si se tramita procedimiento en sede judicial, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación regulada en Alhaurín el Grande depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una vía rápida frente a el juicio ordinario, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para satisfacer la exigencia legal previa, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC es asumido equitativamente por las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como mediaciones judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identificación completa de los intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador redactará los acuerdos, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o está sujeto a homologación procesal, las partes facilitan el documento a sus representantes legales para que actúen en consecuencia.
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