¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Torrejón de Ardoz?
El procedimiento de mediación MASC en Torrejón de Ardoz ofrece vías de resolución expeditivas, accesibles económicamente y cooperativas como alternativa al proceso contencioso. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, evita gastos propios del litigio y admite resoluciones específicas y convenidas que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC limitan el conflicto interpersonal y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con prevención de futuros conflictos. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Torrejón de Ardoz?
El cuerpo de mediadores habilitados cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, asegurando la objetividad del proceso y del acuerdo resultante.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un experto independiente, debidamente acreditado y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Es de gran utilidad en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o prolongaciones injustificadas del litigio.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Torrejón de Ardoz?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que rehusa la mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, especificando qué parte no ha acudido (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Torrejón de Ardoz comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez confirmado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la primera reunión, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un acta de apertura donde hace constar sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de las partes y el mediador.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —íntegro o fragmentario— en un acta de acuerdos y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (efectos ejecutivos), y si hay procedimiento judicial abierto, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación regulada en Torrejón de Ardoz depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el juicio ordinario, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación se distribuye de forma proporcional, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o aquellas instadas por órganos administrativos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o está sujeto a homologación procesal, las partes facilitan el documento a sus representantes legales para que actúen en consecuencia.
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