¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Paracuellos de Jarama?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Paracuellos de Jarama ofrece vías de resolución expeditivas, menos costosas y participativas en lugar del proceso judicial. Fomenta la comunicación entre las partes, reduce costes judiciales y admite resoluciones específicas y convenidas que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC limitan el conflicto interpersonal y suponen un menor gasto a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con efecto disuasorio de nuevos litigios. La meta es solventar desacuerdos de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Paracuellos de Jarama?
Los especialistas en mediación figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, debidamente acreditado y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Tiene especial aplicación en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los procedimientos sujetos a la Ley Orgánica 1/2025, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o prolongaciones injustificadas del litigio.
En otras controversias, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Paracuellos de Jarama?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador podrá certificar el intento de negociación, especificando qué parte no ha acudido (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de solución alternativa de conflictos MASC en Paracuellos de Jarama comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez confirmado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera reunión, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un documento inicial donde hace constar sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las partes y el mediador.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —completo o limitado— en un acta final y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (capacidad ejecutoria), y si el asunto está judicializado, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación regulada en Paracuellos de Jarama depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una solución eficaz frente a el juicio ordinario, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para satisfacer la exigencia legal previa, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación se divide salvo pacto en contrario, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de resolución judicial que imponga costas, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con la identificación completa de los intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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