¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San Bartolomé?
El procedimiento de mediación MASC en San Bartolomé ofrece vías de resolución expeditivas, económicas y colaborativas en lugar del proceso judicial. Promueve la negociación directa entre las partes, evita gastos propios del litigio y facilita soluciones a medida que impiden dilaciones innecesarias.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC permiten un menor desgaste emocional y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con prevención de futuros conflictos. Se busca resolver los conflictos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San Bartolomé?
Nuestros profesionales figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Intervienen con total neutralidad, manteniendo la transparencia del procedimiento y del resultado negociado.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un experto independiente, con formación y acreditación conforme a ley y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Se recomienda promover siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Es de gran utilidad en controversias civiles o mercantiles.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o retratos innecesarios en el proceso.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San Bartolomé?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en San Bartolomé comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez acordado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la primera sesión informativa, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un acta de comienzo donde registra su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de los intervinientes.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —íntegro o fragmentario— en un instrumento escrito y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (efectos ejecutivos), y si se existe proceso judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación como MASC en San Bartolomé depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a los procedimientos judiciales, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para satisfacer la exigencia legal previa, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación es asumido equitativamente por las partes, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como mediaciones judiciales o canalizadas por organismos públicos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de resolución judicial que imponga costas, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identidad y el domicilio de las partes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o está sujeto a homologación procesal, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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