¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Huétor-Tájar?
El proceso de mediación regulado como MASC en Huétor-Tájar brinda vías de resolución expeditivas, económicas y basadas en el consenso como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y admite resoluciones específicas y convenidas que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC limitan el conflicto interpersonal y implican un ahorro considerable a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con prevención de futuros conflictos. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Huétor-Tájar?
Los especialistas en mediación cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Intervienen con total neutralidad, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y regido por los principios de confidencialidad, igualdad de trato y claridad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Resulta especialmente útil en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los procedimientos sujetos a la Ley Orgánica 1/2025, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o demoras evitables en la vía judicial.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Huétor-Tájar?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador podrá certificar el intento de negociación, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Huétor-Tájar comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez acordado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera comparecencia, el mediador expone el funcionamiento del proceso, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de apertura donde consigna sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de los intervinientes.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —íntegro o fragmentario— en un acta final y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (fuerza ejecutiva), y si se tramita procedimiento en sede judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación regulada en Huétor-Tájar depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a el proceso jurisdiccional, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC suele repartirse entre las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como derivaciones procesales o extrajudiciales por derivación institucional, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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