¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San Sebastián?
El proceso de mediación regulado como MASC en San Sebastián brinda vías de resolución expeditivas, económicas y colaborativas frente a los tribunales. Promueve la negociación directa entre las partes, minimiza los gastos procesales y propicia pactos adaptados a cada caso que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC limitan el conflicto interpersonal y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con potencial de anticipar disputas posteriores. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San Sebastián?
Nuestros profesionales figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del pacto alcanzado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir en controversias patrimoniales disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Resulta especialmente útil en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o dilaciones judiciales innecesarias.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San Sebastián?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en San Sebastián comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez confirmado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la sesión inicial de información, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un Acta inicial donde hace constar sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de los intervinientes.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —íntegro o fragmentario— en un acta de acuerdos y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (fuerza ejecutiva), y si se existe proceso judicial, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la Mediación MASC en San Sebastián depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una solución eficaz frente a el proceso jurisdiccional, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación suele repartirse entre las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con las señas de identidad y localización de cada parte, de abogados/as y del mediador, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o está sujeto a homologación procesal, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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