¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San Sebastián?
El proceso de mediación regulado como MASC en San Sebastián ofrece alternativas diligentes, de bajo coste y participativas sin recurrir a la vía jurisdiccional. Promueve la negociación directa entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y admite resoluciones específicas y convenidas que impiden dilaciones innecesarias.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC minimizan la tensión entre partes y coste económico a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con efecto disuasorio de nuevos litigios. La meta es solventar desacuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San Sebastián?
Los especialistas en mediación se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, debidamente acreditado y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Tiene especial aplicación en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación evita inadmisiones procesales o prolongaciones injustificadas del litigio.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San Sebastián?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que rehusa la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en San Sebastián comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez acordado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la primera sesión informativa, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un Acta inicial donde registra sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de los intervinientes.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —íntegro o fragmentario— en un acta final y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (valor ejecutivo), y si el asunto está judicializado, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación como MASC en San Sebastián depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una vía rápida frente a el proceso jurisdiccional, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC es asumido equitativamente por las partes, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como mediaciones judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de resolución judicial que imponga costas, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identidad y el domicilio de las partes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o debe homologarse, las partes remiten el acta a sus abogados para su formalización conforme a derecho.
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