¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Córdoba?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Córdoba proporciona soluciones rápidas, accesibles económicamente y basadas en el consenso sin recurrir a la vía jurisdiccional. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, minimiza los gastos procesales y admite resoluciones específicas y convenidas que evitan largos procesos judiciales.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC reducen el impacto emocional y suponen un menor gasto a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con potencial de anticipar disputas posteriores. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Córdoba?
Los especialistas en mediación figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del acuerdo resultante.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un experto independiente, avalado por la legislación vigente y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse en controversias patrimoniales disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Resulta especialmente útil en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o demoras evitables en la vía judicial.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Córdoba?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información no es confidencial).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Córdoba comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por mandato del tribunal competente. Una vez confirmado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la primera sesión informativa, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador detallará los actos documentales necesarios (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un Acta inicial donde registra sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —total o parcial— en un instrumento escrito y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (valor ejecutivo), y si el asunto está judicializado, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la Mediación MASC en Córdoba depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a el juicio ordinario, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC es asumido equitativamente por las partes, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o canalizadas por organismos públicos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identificación completa de los intervinientes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o está sujeto a homologación procesal, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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