¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Socuéllamos?
El procedimiento de mediación MASC en Socuéllamos brinda soluciones rápidas, menos costosas y colaborativas en lugar del proceso judicial. Fomenta la comunicación entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y facilita soluciones a medida que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC reducen el impacto emocional y coste económico a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con capacidad de evitar futuras controversias. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Socuéllamos?
Los mediadores que colaboran en el proceso figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, debidamente acreditado y regido por los principios de confidencialidad, igualdad de trato y claridad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Resulta especialmente útil en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los procedimientos sujetos a la Ley Orgánica 1/2025, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o retratos innecesarios en el proceso.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Socuéllamos?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de solución alternativa de conflictos MASC en Socuéllamos comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez aceptado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera sesión informativa, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un Acta inicial donde consigna su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —completo o limitado— en un acta final y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (fuerza ejecutiva), y si el asunto está judicializado, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la Mediación MASC en Socuéllamos depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a la vía contenciosa, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación suele repartirse entre las partes, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o canalizadas por organismos públicos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de procedimiento judicial con costas procesales, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identidad y el domicilio de las partes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o precisa aprobación jurisdiccional, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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