¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Onda?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Onda proporciona soluciones rápidas, de bajo coste y participativas como alternativa al proceso contencioso. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y admite resoluciones específicas y convenidas que evitan largos procesos judiciales.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC permiten un menor desgaste emocional y suponen un menor gasto a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con capacidad de evitar futuras controversias. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Onda?
El cuerpo de mediadores habilitados están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Se mantienen al margen de los intereses contrapuestos, manteniendo la transparencia del procedimiento y del resultado negociado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, avalado por la legislación vigente y regido por los principios de confidencialidad, igualdad de trato y claridad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Resulta especialmente útil en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación evita inadmisiones procesales o prolongaciones injustificadas del litigio.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Onda?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Onda comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez acordado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera reunión, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador detallará los actos documentales necesarios (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un acta de comienzo donde consigna su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de todos los participantes.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —en su totalidad o parcialmente— en un acta de acuerdos y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (valor ejecutivo), y si el asunto está judicializado, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación como MASC en Onda depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una vía rápida frente a el juicio ordinario, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación se divide salvo pacto en contrario, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o canalizadas por organismos públicos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o requiere convalidación judicial, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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