¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Rota?
La Mediación MASC en Rota ofrece alternativas diligentes, de bajo coste y basadas en el consenso como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y permite alcanzar acuerdos personalizados que sustituyen el juicio ordinario.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC minimizan la tensión entre partes y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con prevención de futuros conflictos. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Rota?
Los mediadores que colaboran en el proceso cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Se mantienen al margen de los intereses contrapuestos, asegurando la objetividad del proceso y del consenso derivado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, avalado por la legislación vigente y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Resulta especialmente útil en controversias civiles o mercantiles.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o demoras evitables en la vía judicial.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Rota?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Rota comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez acordado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la sesión inicial de información, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de comienzo donde deja reflejada su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —en su totalidad o parcialmente— en un documento y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (efectos ejecutivos), y si el asunto está judicializado, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación extrajudicial en Rota depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a el juicio ordinario, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC es asumido equitativamente por las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o canalizadas por organismos públicos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el acta final de acuerdo, con la identificación completa de los intervinientes, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o está sujeto a homologación procesal, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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