¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Ripollet?
El procedimiento de mediación MASC en Ripollet brinda vías de resolución expeditivas, menos costosas y participativas como alternativa al proceso contencioso. Favorece el diálogo entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y facilita soluciones a medida que sustituyen el juicio ordinario.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC permiten un menor desgaste emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con potencial de anticipar disputas posteriores. Se busca resolver los conflictos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Ripollet?
Nuestros profesionales cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del resultado negociado.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, debidamente acreditado y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Se recomienda promover en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es idónea en controversias civiles o mercantiles.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o demoras evitables en la vía judicial.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Ripollet?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que rehusa la mediación. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Ripollet comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por derivación judicial. Una vez confirmado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la primera reunión, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un acta de comienzo donde hace constar sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de las partes y el mediador.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —en su totalidad o parcialmente— en un acta de acuerdos y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (capacidad ejecutoria), y si el asunto está judicializado, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación regulada en Ripollet depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a los procedimientos judiciales, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC es asumido equitativamente por las partes, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o canalizadas por organismos públicos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda superarse el filtro de admisibilidad judicial.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de abogados/as y del mediador, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo exacta expresión de lo pactado por ambas partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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