¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Cornellá de Llobregat?
La Mediación MASC en Cornellá de Llobregat brinda vías de resolución expeditivas, de bajo coste y colaborativas frente a los tribunales. Favorece el diálogo entre las partes, reduce costes judiciales y propicia pactos adaptados a cada caso que impiden dilaciones innecesarias.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC limitan el conflicto interpersonal y implican un ahorro considerable a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con prevención de futuros conflictos. La meta es solventar desacuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Cornellá de Llobregat?
El cuerpo de mediadores habilitados se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Intervienen con total neutralidad, asegurando la objetividad del proceso y del resultado negociado.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, avalado por la legislación vigente y regido por los principios de confidencialidad, igualdad de trato y claridad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Resulta especialmente útil en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los procedimientos sujetos a la Ley Orgánica 1/2025, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o dilaciones judiciales innecesarias.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Cornellá de Llobregat?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, especificando qué parte no ha acudido (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Cornellá de Llobregat comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez aceptado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la sesión inicial de información, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador detallará los actos documentales necesarios (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de comienzo donde registra su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —en su totalidad o parcialmente— en un acta final y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (valor ejecutivo), y si se tramita procedimiento en sede judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación regulada en Cornellá de Llobregat depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una vía rápida frente a la vía contenciosa, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El honorarios del proceso MASC se distribuye de forma proporcional, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o canalizadas por organismos públicos, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de resolución judicial que imponga costas, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el acta final de acuerdo, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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