¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San José?
La Mediación MASC en San José ofrece respuestas ágiles, económicas y cooperativas como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, reduce costes judiciales y facilita soluciones a medida que impiden dilaciones innecesarias.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC reducen el impacto emocional y coste económico a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con prevención de futuros conflictos. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San José?
El cuerpo de mediadores habilitados se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del acuerdo resultante.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con formación y acreditación conforme a ley y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es idónea en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o prolongaciones injustificadas del litigio.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San José?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador podrá certificar el intento de negociación, especificando qué parte no ha acudido (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en San José comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez admitido, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la sesión inicial de información, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un acta de apertura donde deja reflejada su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de todos los participantes.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —total o parcial— en un documento y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (fuerza ejecutiva), y si hay procedimiento judicial abierto, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación regulada en San José depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a el juicio ordinario, que pueden prolongarse durante años.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora es asumido equitativamente por las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o canalizadas por organismos públicos, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de procedimiento judicial con costas procesales, cabe incluir el coste del procedimiento MASC en las costas.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con las señas de identidad y localización de cada parte, de abogados/as y del mediador, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador redactará los acuerdos, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto se encuentra en sede judicial o requiere convalidación judicial, las partes remiten el acta a sus abogados para su formalización conforme a derecho.
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