¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Villanueva de la Serena?
El proceso de mediación regulado como MASC en Villanueva de la Serena brinda vías de resolución expeditivas, de bajo coste y basadas en el consenso como alternativa al proceso contencioso. Favorece el diálogo entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y propicia pactos adaptados a cada caso que sustituyen el juicio ordinario.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC permiten un menor desgaste emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con potencial de anticipar disputas posteriores. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Villanueva de la Serena?
Nuestros profesionales se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Se mantienen al margen de los intereses contrapuestos, protegiendo la imparcialidad del trámite y del resultado negociado.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, con formación y acreditación conforme a ley y regido por los principios de confidencialidad, igualdad de trato y claridad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Se recomienda promover en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es idónea en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o demoras evitables en la vía judicial.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Villanueva de la Serena?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador emitirá acta que acredite la falta de comparecencia, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea ver incrementadas las costas del proceso.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de solución alternativa de conflictos MASC en Villanueva de la Serena comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por derivación judicial. Una vez aceptado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera sesión informativa, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un acta de comienzo donde hace constar sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una expresión jurada de buena fe y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —en su totalidad o parcialmente— en un documento y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (capacidad ejecutoria), y si hay procedimiento judicial abierto, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación extrajudicial en Villanueva de la Serena depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a la vía contenciosa, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación se distribuye de forma proporcional, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o derivadas desde instituciones públicas, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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