¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Mieres?
La Mediación MASC en Mieres ofrece respuestas ágiles, de bajo coste y colaborativas como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y admite resoluciones específicas y convenidas que sustituyen el juicio ordinario.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC reducen el impacto emocional y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con prevención de futuros conflictos. Se busca resolver los conflictos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Mieres?
Nuestros profesionales se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, manteniendo la transparencia del procedimiento y del acuerdo resultante.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, debidamente acreditado y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Resulta especialmente útil en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación evita inadmisiones procesales o demoras evitables en la vía judicial.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Mieres?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que rechaza el proceso de mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, especificando qué parte no ha acudido (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Mieres comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez admitido, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la sesión inicial de información, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de comienzo donde registra su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y así se valida el presupuesto procesal exigido.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —íntegro o fragmentario— en un documento y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (fuerza ejecutiva), y si se tramita procedimiento en sede judicial, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión temporal de la mediación como MASC en Mieres depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una opción expeditiva frente a la vía contenciosa, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora es asumido equitativamente por las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o aquellas instadas por órganos administrativos, puede preverse una reducción significativa del precio.
En caso de resolución judicial que imponga costas, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con las señas de identidad y localización de cada parte, de abogados/as y del mediador, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o está sujeto a homologación procesal, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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