¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en San Vicente del Raspeig?
El procedimiento de mediación MASC en San Vicente del Raspeig garantiza vías de resolución expeditivas, de bajo coste y cooperativas como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, reduce costes judiciales y permite alcanzar acuerdos personalizados que impiden dilaciones innecesarias.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC minimizan la tensión entre partes y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con efecto disuasorio de nuevos litigios. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma dialogada y consensuada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en San Vicente del Raspeig?
Los especialistas en mediación están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Intervienen con total neutralidad, protegiendo la imparcialidad del trámite y del resultado negociado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un experto independiente, con título habilitante conforme al marco legal y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Es de gran utilidad en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o prolongaciones injustificadas del litigio.
En otras controversias, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en San Vicente del Raspeig?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en San Vicente del Raspeig comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez confirmado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la primera reunión, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un acta de apertura donde registra sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de las partes y el mediador.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —completo o limitado— en un documento y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (capacidad ejecutoria), y si se tramita procedimiento en sede judicial, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación extrajudicial en San Vicente del Raspeig depende de la dimensión del problema jurídico. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. Muchos asuntos pueden solucionarse en menos de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el proceso jurisdiccional, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora es asumido equitativamente por las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o derivadas desde instituciones públicas, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de procedimiento judicial con costas procesales, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no ha existido consenso.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las obligaciones que cada parte asume, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador plasmará el contenido del pacto, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o está sujeto a homologación procesal, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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