¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Guardamar del Segura?
La Mediación MASC en Guardamar del Segura ofrece alternativas diligentes, accesibles económicamente y cooperativas en lugar del proceso judicial. Favorece el diálogo entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y propicia pactos adaptados a cada caso que evitan largos procesos judiciales.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC limitan el conflicto interpersonal y coste económico a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con prevención de futuros conflictos. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Guardamar del Segura?
El cuerpo de mediadores habilitados figuran en el listado oficial del Ministerio de Justicia. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del resultado negociado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, con formación y acreditación conforme a ley y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Resulta especialmente útil en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación evita inadmisiones procesales o retratos innecesarios en el proceso.
En disputas no reguladas de forma preceptiva, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Guardamar del Segura?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador podrá certificar el intento de negociación, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Guardamar del Segura comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez confirmado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera reunión, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un Acta inicial donde hace constar su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si deciden continuar con la mediación, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —total o parcial— en un acta final y proporciona ejemplares a ambas partes. Dicho acuerdo posee eficacia jurídica vinculante para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (valor ejecutivo), y si se tramita procedimiento en sede judicial, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación regulada en Guardamar del Segura depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a el juicio ordinario, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora se divide salvo pacto en contrario, si no se establece otra modalidad. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o derivadas desde instituciones públicas, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con las señas de identidad y localización de cada parte, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador redactará los acuerdos, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o está sujeto a homologación procesal, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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